Desde el 9 de marzo se puede solicitar el nuevo cheque familiar. La
medida consiste en un impuesto negativo de 1.200 euros al año y que se
puede percibir de forma anticipada, hasta el 31 de marzo, a razón de 100
euros cada mes. Los nuevos beneficiarios podrán recibirlo con carácter
retroactivo desde el 1 de enero de 2015.
¿Quiénes pueden beneficiarse de las ayudas del cheque familiar?
Todas las familias monoparentales con al menos dos hijos. También los
desempleados o pensionistas que tengan a su cargo a una familia numerosa
o a una persona discapacitada.
¿Qué documentos son necesarios para obtener el cheque familiar?
-El modelo 143. Que se puede entregar a través de la sede electrónica,
si se cuenta con DNI electrónico, como en las sedes de la Agencia
Tributaria.
-El título de familia numerosa y el certificado de discapacidad emitido por su Comunidad Autónoma.
-El código IBAN de la cuenta bancaria de la que sea titular el beneficiario del Cheque Familiar.
-Información personal de cada solicitante (NIF)
-Hay que señalar el tipo de deducción a la que el solicitante quiere
acogerse ( por familia numerosa, por descendientes con discapacidad a
cargo,..). Hay que tener en cuenta que hay que presentar una solicitud
por cada deducción a la que pueda tener derecho.
¿Dónde se entregan las solicitudes para las ayudas del cheque familiar?
-Vía online, una vez cumplimentado el modelo de
solicitud 143 por cada una de las deducciones a las que se tenga
derecho, se puede presentar en la página web de la Agencia Tributaria.
-Por teléfono, puede hacerse en el número 901 200 345, aportando el importe de la casilla 415 de la declaración del IRPF de 2013.
-En oficinas de la Agencia Tributaria. Acudir con el formulario cumplimentado en la página web de la Agencia Tributaria. Una vez impreso deben firmar los solicitantes.
Fuente: http://www.ociolatino.com/2015/03/el-nuevo-cheque-familiar-una-ayuda-de-100-euros-mensuales-para-las-familias.html
La vida es un derecho y el Derecho es toda una vida. Consultas privadas y confidenciales: inmabd21@gmail.com
martes, 24 de marzo de 2015
jueves, 12 de marzo de 2015
El Senado aprueba el Código Penal de la prisión permanente revisable, entre otras reformas.
El Pleno del Senado ha aprobado, con la mayoría absoluta del PP, el proyecto de Ley Orgánica de reforma del Código Penal que introduce en España la prisión permanente revisable, reduce las penas de los piquetes de las huelgas y fija penas de cárcel para los dirigentes políticos que acepten donaciones ilegales superiores a 500.000 euros.
Tras un largo debate que se ha prolongado durante más de siete horas, la cámara alta ha dado luz verde, con 148 votos a favor, a este proyecto legislativo que será ahora remitido de nuevo al Congreso de los Diputados para su examen definitivo.
- Prisión permanente revisable
La prisión permanente prevé que las penas sean revisadas, tras el cumplimiento de 25 a 35 años, para verificar si el pronóstico es favorable a la reinserción social. Los jueces examinarán si debe mantenerse la prisión cada dos años de oficio o a petición del recluso, si bien puede no dar curso a nuevas solicitudes durante un año.
El tribunal resolverá sobre la suspensión de la pena de prisión permanente revisable tras un procedimiento oral contradictorio en el que intervendrán el Ministerio Fiscal y el penado, asistido por su abogado.
La medida ha levantado la crítica unánime de toda la oposición que la considera como una cadena perpetua encubierta. En el mismo sentido se han manifestado la Abogacía y la Cátedra.
- Enmiendas
También ha agregado al articulado una enmienda de Entesa per el Progres de Catalunya que permitirá multar a aquellos que falten al respeto y la consideración debida a la autoridad y ha añadido la paralización del derribo de viviendas ilegales hasta que los propietarios que compraron de buena fe y sin conocer las irregularidades cobren las indemnizaciones.
Además, eleva de uno a dos años la condena mínima para quienes inciten a la prostitución a menores discapacitados y especifica la posibilidad de introducir la libertad vigilada para aquellos maltratadores que provoquen lesiones a sus parejas.
- Huelga y Piquetes
- Penas de corrupción
Las personas que participan en "estructuras u organizaciones, cualquiera que sea su naturaleza, cuya finalidad sea la financiación de partidos políticos" al margen de la ley serán castigadas con una pena de prisión de uno a cinco años de cárcel, con independencia de la cuantía de la comisión.
El texto amplía, además, el decomiso para que los jueces puedan ordenar la intervención de bienes del condenado procedentes de otras actividades delictivas siempre que existan indicios de su procedencia ilícita, como puede ser la desproporción entre el patrimonio y su medio de vida o el recurso de paraísos fiscales o empresas interpuestas.
Además, se regula la Oficina de Recuperación y Gestión de activos procedentes del delito.
- Modifica la ley del indulto
- Suprime las Faltas
- Nuevos delitos
También se trasponen decisiones europeas sobre pornografía infantil, explotación sexual de menores, trata de seres humanos o inmigración ilegal.
Por otra parte, se mantiene la idea de fijar el consentimiento sexual en 16 años y se aumenta la persecución del maltrato, abandono y explotación sexual de animales.
- Expulsión de europeos
- Se agravan las penas para el hurto y robo
- Libertad condicional
Intervención de Belloch
El PSOE ha elegido al exministro de Justicia Juan Alberto Belloch para representarle en el último turno de portavoces. El que fuera titular de Justicia durante la aprobación del Código Penal de 1995 se ha referido a este primer texto que se bautizó como 'Código Belloch' y ha indicado que hoy nadie quisiera ver asociado su nombre "a este resultado".
Belloch, que ha arrancado fuertes aplausos de la bancada socialista, ha agradecido a su portavoz, María Chivite, la oportunidad de intervenir y ha concluido afirmando: "Con esta reforma hemos vuelto al caos y no sé cuando veremos la luz". (EUROPA PRESS)
Fuente: http://noticias.juridicas.com/actual/veractual.php?id=4608&_mrMailingList=572&_mrSubscriber=15208
lunes, 9 de marzo de 2015
7 claves para evitar caer en las trampas de las hipotecas.
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Un diferencial bajo implica mayor vinculación
El problema es que un diferencial más bajo lleva aparejada una mayor vinculación, lo que puede encarecer la hipoteca. Adicae alertaba de las entidades que ofrecen diferenciales bajos por las “abusivas condiciones” de vinculación exigidas: tener ingresos mensuales de 5.000 euros, contratar diversos seguros como el de protección de pagos, contar con acciones de la entidad o tener 3.000 euros en fondos de inversión. “Con diferenciales superiores a 3 puntos pagarían un 28% más (130 euros) que con las ofertas de las ‘hipotecas de luxe’ con muy altas vinculaciones e ingresos mínimos”, pero estos diferenciales “constituyen una bomba de relojería”.
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Los gastos incrementan la hipoteca más del 20%
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Las nóminas elevadas tienen tratamiento premium
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Los productos vinculados mejoran las hipotecas
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Cuidado con los seguros de vida de prima única
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Solo es obligatorio el seguro de incendios
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Seguros de protección de pagos para cubrir eventualidades
Fuente : http://www.pisos.com/noticias/reportajes/7-claves-para-evitar-caer-en-las-trampas-de-las-hipotecas/?utm_source=newsletter&utm_medium=email&utm_term=destacado&utm_campaign=actualidad310
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